Prohibición del uso de maíz transgénico para uso humano en México genera consulta técnica con Estados Unidos

El pasado 13 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que prohíbe el uso de maíz genéticamente modificado para la masa y tortilla, señalando que aún podrá usarse para alimentación de animales o en alimentación humana de tipo industrial. Con este Decreto, queda abrogado el diverso de diciembre de 2020 sobre la misma materia.

Además, dicho Decreto prohíbe la importación de glifosato debido a sus efectos nocivos para la salud. En ese sentido, se establece un periodo de transición para lograr la sustitución total del glisofato, hasta el 31 de enero de 2024. 

El Decreto establece que las dependencias deberán abstenerse de adquirir, utilizar e importar maíz genéticamente modificado, por lo que únicamente se otorgarán  autorizaciones para alimentación animal y de uso industrial, además de establecer que se derogarán y negarán los permisos y autorizaciones para la importación, producción, distribución y uso de glifosato.

Sin embargo, este cambio ocasiono un desacuerdo por parte de Estados Unidos, por la falta de justificación científica, argumentando que la restricción afecta al comercio y su contradicción a las disposiciones del T-MEC, por lo cual el pasado 6 de marzo, la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) solicitó consultas técnicas al gobierno de México bajo el Capítulo 9 del T-MEC -relativo a Medidas Sanitarias y Fitosanitarias- con la finalidad de esclarecer esta controversia.

En comunicaciones oficiales, la Secretaria de Economía ha señalado que México aprovechará este mecanismo previsto en el T-MEC para demostrar que el Decreto no ha tenido un impacto negativo en el comercio y que, por el contrario, es consistente con el propio Tratado.

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