Embargo de mercancías

El Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) se da cuando la autoridad embarga precautoriamente las mercancías al momento de revisar su legal estancia/tenencia en el país.

Unos de los motivos por los cuales la autoridad puede embargar precautoriamente las mercancías, son los siguientes:

  1. No contar con la documentación aduanera que acredite que se importó legalmente la mercancía;

  2. No contar con los permisos o regulaciones aplicables a la mercancía importada;

  3. Sean mercancías cuya importación o exportación esté prohibida.

Para efectos de proceder al embargo precautorio de mercancías, la autoridad debe levantar el acta de inicio del procedimiento administrativo en materia aduanera en la que hace constar los hechos que motivan el embargo, otorgando diez días hábiles al portador de las mercancías para ofrecer pruebas y argumentos que acrediten o demuestren su legal estancia/tenencia en el país.

Posteriormente, la autoridad debe emitir una resolución en un plazo que no exceda de 4 meses, misma que podrá ser impugnada mediante recurso de revocación o juicio contencioso-administrativo.

Las siguientes recomendaciones te pudieran ser de utilidad para prevenir un embargo de mercancías:

-Identificar los productos cuya importación y exportación se encuentre prohibida.

-Revisar las regulaciones y permisos aplicables a la importación de tu producto.

-Verificar los documentos que porten los transportistas que vayan a trasladar la mercancía.

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