Inconstitucionalidad de la ANAM

Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México declaró inconstitucional el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM). La decisión se basa en el argumento de que dicho reglamento otorga facultades en materia aduanera que son exclusivas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Según el tribunal, la ANAM carece de competencia para emitir resoluciones basadas en la Ley Aduanera, ya que las facultades para aplicar esta legislación son propias del SAT. Estas atribuciones fueron atribuidas a la ANAM a través del reglamento interior, contraviniendo la Ley del Servicio de Administración Tributaria y violando el principio de subordinación jerárquica del reglamento a la ley.
El tribunal subraya que, hasta que la legislación no sea modificada formal y materialmente, las atribuciones otorgadas al SAT no pueden ser ejercidas por un órgano de naturaleza y jerarquía diferentes, sino por el propio órgano a través de sus unidades administrativas jerárquicamente adscritas.
El Reglamento Interior de la ANAM establece que es un órgano administrativo desconcentrado de la SHCP con autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión. Además, posee la autoridad aduanera y fiscal respecto a los ingresos federales aduaneros, con atribuciones para emitir resoluciones en su ámbito de competencia.
En la práctica, algunas de las consecuencias de esta decisión incluyen la pérdida de oportunidades en el nearshoring, afectando la confianza de los inversionistas y disminuyendo las oportunidades generadas por la reubicación de empresas, entre otras.
Se espera que este comunicado sirva como referencia oficial de la situación actual y que las partes involucradas tomen las medidas correspondientes de acuerdo con el marco legal establecido.
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